Decisión de la Plenaria Extraordinaria de la Corte Suprema de Justicia
En sesión plenaria extraordinaria de fecha 11 de febrero del corriente año, la Corte Suprema resolvió lo siguiente:
1.- APROBAR la Acordada Nº 1499 por la cual se realizan modificaciones respecto al 15º Concurso de Oposición para Notarios Públicos. A continuación, se transcribe in extenso el documento:
ACORDADA N° 1499
En la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, a los once días del mes de febrero del año dos mil veintiuno, siendo las diez horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Prof. Dr. Alberto Joaquín Martínez Simón y los Excmos. Señores Ministros Doctores, María Carolina Llanes Ocampos, César Antonio Garay, Manuel Dejesús Ramírez Candia, Eugenio Jiménez Rolón y César Manuel Diesel Junghanns, ante mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Que, por Acordada N° 1456 del 23 de setiembre de 2020 de la Corte Suprema de Justicia, por la cual se deroga la Acordada N° 994/2015 y se establecen las exigencias y normas para la asignación de usufructo del Registro de Escribanos, en su Art. 5 inc. A) dispone “…Tribunal Examinador de los Concursos: la realización y calificación del examen y ponderación de méritos académicos y aptitudes profesionales del postulante corresponderán a un tribunal examinador que se integrará de la siguiente manera: a) 2 Ministros de la Excma. Corte Suprema de Justicia, designados por el pleno de dicho órgano. b) 1 Catedrático Escalafonado, con el máximo rango y/o Jefe (Titular) de Cátedra. c) el Presidente y el Vicepresidente del Colegio de Escribanos del Paraguay. Los mismos tendrán potestad de delegar dicha función a dos Escribanos Titulares de Registro Notarial, con Título de Doctor en el área de Derecho Nacional y/o Registral…”
Que, en sesión plenaria de fecha 16 de diciembre del 2020, la Corte Suprema de Justicia, ratificó la Resolución N° 1557 del 14 de diciembre del 2020 del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, por la cual se llamó al 15° Concurso de Oposición para Notarios Públicos.
Que, en atención a las fallas en el sistema informático acaecidas en el simulacro de examen fijado para el día 10 de febrero del 2021, la Corte Suprema de Justicia considera que deben arbitrarse medios para el correcto desempeño del examen, precautelar los derechos de los postulantes al acceso al examen.
Que el artículo 3° de la Ley N° 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia” establece en su inc. b) como deberes y atribuciones de la misma, “dictar su propio reglamento interno, las acordadas y todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia”.
En tales consideraciones,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1°.- MODIFICAR el día del examen del 15° Concurso de Oposición para Notarios Públicos, el cual será llevado a cabo el día viernes 19 de febrero del 2021, a las 17:00 horas.
Art. 2°.- MODIFICAR la modalidad del examen de selección múltiple previsto para dicho concurso, estableciendo que el mismo será llevado a cabo por escrito en formato papel.
Art. 3°.- APROBAR el reglamento del examen del concurso de oposición, conforme al documento inserto en el Anexo I
Art. 4°.- DISPONER que toda reglamentación en contrario con lo dispuesto en la presente acordada, y su Anexo I (Reglamento del Concurso de Oposición para el otorgamiento y usufructo de Registros Notariales) queda sin efecto.
Art. 5°.- ANOTAR, registrar, notificar.-
Ante mí:
ANEXO I
REGLAMENTO EXAMEN DEL CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA EL OTORGAMIENTO Y USUFRUCTO DE REGISTROS NOTARIALES N° 15 – AÑO 2021
1. El Examen del Concurso de Oposición de Escribanos Públicos se llevará a cabo en fecha viernes 19 de febrero de 2021, en forma presencial en los locales habilitados al efecto. Los lugares serán asignados y publicados en la web previamente.
2. Las sedes, aulas y lugares asignados a cada postulante para la toma del examen serán publicadas oportunamente en la página web: www.pj.gov.py.
3. Todas las comunicaciones y notificaciones relativas al Concurso de Oposición de Escribanos Públicos N° 15 se realizarán a través de la página web: www.pj.gov.py. Será obligación de cada postulante verificar las condiciones y actualizaciones correspondientes, en dicha página web, la que será vía de notificación de las resoluciones tomadas en este concurso.
4. .El Examen del Concurso de Oposición de Escribanos Públicos se llevará a cabo de manera simultánea en todas las sedes. La hora de inicio del examen será a las 17:00 h. y tendrá una duración máxima de dos (2) horas.
5. En la fecha fijada para el Examen del Concurso de Oposición de Escribanos Públicos -19 de febrero de 2021-, se iniciará el ingreso desde las 14:00 h. El cierre de puertas en todas las sedes está previsto para las 16:30 h., no pudiendo ingresar con posterioridad a dicho horario. El ingreso a los respectivos predios se hará por orden de llegada. El postulante que no se presentare en el horario de cierre de las puertas, perderá el derecho a ingresar y rendir el examen.
6. Los postulantes deberán tomar todos los cuidados para acceder en el día conforme a un estricto protocolo sanitario presentado. Se procederá a la toma de la temperatura de cada postulante, si el mismo da una temperatura corporal mayor a 37.5°, se realizarán dos tomas más, si la temperatura del mismo se mantuviere superior a 37.5° en los muestreos seguidos, no podrá acceder a la sede del examen y perderá el derecho a participar del concurso.
7. El ingreso a las aulas designadas se hará previa verificación de la identidad de los postulantes, siendo obligatoria la presentación de la cédula de identidad policial vigente, en el caso que la cédula se encuentre vencida, se deberá acompañar el comprobante de renovación en trámite, o en su defecto, el pasaporte vigente. En el caso de extravío de los documentos mencionados, deberá presentar fotocopia de la denuncia de extravío presentada ante la policía nacional. Los postulantes serán ubicados en las aulas correspondientes de acuerdo a la distribución dispuesta por la Corte Suprema de Justicia no pudiendo tener consigo más que los elementos a ser especificados en este reglamento.
8. Una vez ingresado, el postulante deberá dirigirse directamente a su lugar asignado, quedando prohibido todo tipo de reuniones o aglomeraciones dentro de cada sede. De igual modo, al acabar el examen, el postulante deberá retirarse inmediatamente del local, no pudiendo permanecer en la sede del examen.
9. Antes de iniciar el examen se llamará registrará la presencia de los postulantes, debiendo los mismos firmar los Registros Oficiales de Asistencia respectivos, los cuales serán certificados por los integrantes de la mesa asignada.
10. El examen será en formato papel de selección múltiple, para lo cual se entregarán hojas con preguntas, cuyas respuestas serán marcadas en las hojas de respuesta, siendo válidas única y exclusivamente las que consten en estas. Al finalizar el examen cada postulante entregará a los responsables de su aula la hoja de respuesta y las hojas que contienen las preguntan.
11. Es responsabilidad exclusiva de cada postulante, contar con bolígrafos negros. Para el caso de los postulantes que sean asignados en zonas que no correspondan a las aulas y que no cuenten con pupitres (el polideportivo de la Facultad de Derecho UNA, el Palacio de Justicia de Asunción y el Polideportivo 14 de mayo del Comendo del Ejercito), aquellos deberán presentarse munidos de una plancheta; en caso que no las traigan, podrán rendir sin las mismas, asumiendo la incomodidad del evento. Queda a cargo de cada postulante poseer dichos materiales necesarios en la fecha del examen, así como el documento de identidad bajo apercibimiento de no poder rendir el examen. Se aclara que cualquier falencia o desperfecto en alguno de dichos materiales será exclusiva responsabilidad del postulante.
12. El postulante durante todo el desarrollo del examen podrá utilizar sólo sus materiales para el desarrollo del examen. Se prohíbe el uso de cualquier otro material o pertenencia que no sean las enunciadas en el numeral anterior, incluyendo teléfonos o dispositivos similares.
13. No será requisito presentarse al examen con vestimenta formal. Podrán realizar el mismo en pantalón, jeans, pollera, camisa, remera, blusa, etc.. Si el postulante cuenta con cabello largo, deberá mantener un peinado recogido. Queda prohibido llevar equipos de tereré o mate.
14. Cada postulante tendrá un lugar, ubicación y asiento asignado, cuyo cumplimiento será controlado de forma previa y durante el examen.
15. Queda prohibido a los postulantes salir del aula durante la realización del examen. En caso de que por fuerza mayor el postulante tenga la imperiosa necesidad de ausentarse del aula manteniéndose dentro del recinto, el mismo deberá comunicar en forma ordenada al encargado del aula y será acompañado al efecto por alguno de los vocales, todo ello, a fin de evitar cualquier tipo de contacto externo del postulante durante la tramitación del examen.
16. Los encargados de supervisar el examen, serán designados por sede y aula, por el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, sin perjuicio de la potestad del Tribunal Examinador de realizar todas las modificaciones que sea conveniente en dicha lista. El llenado del examen es de carácter personalísimo. El postulante que falsee su identidad, realice consultas, reciba ayuda externa o realice otro acto que impida el trabajo personal durante la prueba, el examen del mismo será declarado nulo, y excluido concurso. Comprobada la comisión de estos hechos, se dejará constancia escrita en acta de lo ocurrido, labrada por el Secretario de la Corte asignado al local, la cual será comunicada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas ante el Tribunal Examinador, cuya resolución será definitiva.
17. Al culminar el término de dos horas, previsto para el desarrollo del examen, los encargados de supervisar el examen en cada aula, procederán a retirar las hojas de examen. Si se negaren a entregar el mismo, se descalificará al postulante.
18. El resultado del examen escrito se dará a conocer en la misma fecha del Concurso de Oposición y podrá ser objeto exclusivamente de revisión, a ser interpuesto conforme a lo previsto en el apartado siguiente.
19. El recurso de revisión podrá ser presentado, conforme a los dispuesto en la Acordada 1456/2020. El mismo deberá remitirse al correo concursoescribanos@pj.gov.py.
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FUENTE: Corte Suprema de Justicia, enlace: https://www.pj.gov.py/notas/19827-decision-de-la-plenaria-extraordinaria-de-la-corte-suprema-de-justicia