En lo Laboral

Juzgado en lo Laboral de Concepción

Juez Interino:

Abg. Fernando Quevedo Suárez 

Actuarios:

Sría N° 1 – Vacante – Interno: 63321

Sría N° 2 – Señor Félix Villalba – Interno: 63321

TELEFONOS: 0331-241706/9

FUNCIONES

Art. 40: Serán competentes los juzgados de Primera Instancia en lo Laboral para conocer y decidir de:

a) Las cuestiones de carácter judicial y contencioso que suscite la aplicación del Código del Trabajo o las cláusulas del contrato individual o colectivo de trabajo.

b) Los litigios sobre reconocimiento sindical promovidos entre un empleador u organización patronal y los sindicatos de trabajadores o entre éstos exclusivamente, a efecto de celebrar contrato colectivo de trabajo.

c) Todo conflicto entre un sindicato y sus afiliados derivado del incumplimiento de los estatutos sociales o del contrato colectivo de condiciones de trabajo.

d) Las controversias entre los trabajadores motivadas por el trabajo en equipo.

e) En los juicios sobre desalojo de inmuebles ocupados por empleados como parte integrante de su retribución o por motivo de la relación laboral.

Cuando el valor del objeto litigioso no exceda del importe de treinta jornales mínimo legal para actividades diversas no especificadas en la Capital de la República, las resoluciones causarán ejecutoria.